Micelio
Auto18 de marzo de 1998

A- de 1998

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Tema · dato duro
Colision De Competencias.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Tutela
  • Improcedencia de lectura exegética para determinar el asunto
Interpretacion Exegetica
  • Insuficiencia para determinar el asunto a tratar
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Determinación concreta y específica del asunto entre distintas jurisdicciones
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Determinación concreta y específica del asunto
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró que es el Tribunal de la referencia quien debe continuar con la competencia de la solicitud instaurada por el accionante, en razón de que se trata de petición de protección a derechos fundamentales tramitable como acción de tutela.

La Corte argumentó que es riesgoso para una sociedad democrática el acudir a la literalidad de una norma citada cuando todo el contexto de una solicitud apunta hacia la protección inequívoca de unos derechos fundamentales.

En consecuencia, se ordenó enviar el expediente a dicho Tribunal para que tome las decisiones pertinentes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR que es el Tribunal Superior, Sala Plena, del Distrito Judicial de Neiva, quien debe continuar con la competencia de la solicitud instaurada por JESUS ARCOS SILVA, en razon de que se trata de peticion de proteccion a derechos fundamentales tramitable como accion de tutela.
  2. Segundo. ORDENAR el envio del expediente a dicho Tribunal para que tome las decisiones pertinentes de dicha tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.